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Compras, Contabilidad, Remuneraciones

Declaraciones Juradas AT 2017 (1879 y 1887)

Ya está disponible la actualización del software con las Declaraciones Juradas 1879 y 1887 de la operación renta 2017 mediante software (y no importación de datos), ya que Laudus está certificada por el SII como casa de software para elaborar los archivos de estas DDJJ (a partir de la versión de Laudus 2017.1.8).

Tal y como explicamos el año pasado, las DDJJ se suben mediante la opción «Enviar o Corregir Declaraciones Juradas mediante Software». Laudus genera un archivo ZIP para cada declaración, que se sube directamente desde esta página cuando esté disponible en el SII.

Para revisar los detalles, visite la entrada donde explicamos cómo hacer las DDJJ en Laudus: www.laudus.cl/blog/declaraciones-juradas-1879-y-1887/

Recuerde que el plazo límite de presentación es el 23 de Marzo para la DDJJ 1879, y el 21 de Marzo para la DDJJ 1887.

 

Referencias


Declaraciones Juradas Operación Renta 2017: suplemento del SII donde detalla todas las DDJJ, formatos, instrucciones, plazos, etc.

Resolución Exenta nº 114 de 26-Dic-2016, donde se detalla plazo de presentación para las DDJJ 1887 y 1879 (entre otras).

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26 enero 2017
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https://laudus.cl/wp-content/uploads/2021/06/laudus_logo-2.png 0 0 Laudus ERP https://laudus.cl/wp-content/uploads/2021/06/laudus_logo-2.png Laudus ERP2017-01-26 07:28:452017-08-24 18:56:00Declaraciones Juradas AT 2017 (1879 y 1887)
37 comentarios
  1. Alejandra
    Alejandra Dice:
    4 octubre 2020 en 8:13 pm

    Estimados.
    EL feriado proporcional pagado en el finiquito, se debe registrar en la dj 1887 en no gravado? y también debe registrarse en el libro de remuneraciones para respaldar el gasto, o solo es suficiente con los finiquitos?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      5 octubre 2020 en 7:26 pm

      Estimada Alejandra, nosotros entendemos que todo lo pagado en el finiquito debe ir en la DDJJ como no imponible (no gravado). El gasto queda respaldado con el finiquito, es prueba suficiente para justificar un gasto fiscalmente deducible. Pero nos parece más ordenado ponerlo también en el Libro de Remuneraciones, porque al fin y al cabo es una remuneración. Extraordinaria, pero remuneración.

      Responder
  2. Harry Havraneg
    Harry Havraneg Dice:
    23 marzo 2019 en 11:18 pm

    Si mi microempresa nunca tuvo aun empleados contratados al 31 12 2019 :

    ¿Debo presentar la DJ 1887?
    No me deja enviar el Form. 1887 con cero.
    Parece que es solo para empresas que tienen empleados a contrato dependiente.

    (solo he pagado algunos honorarios y la retencion de los 10% la declare en el Form. 1879)

    Responder
    • Harry Havraneg
      Harry Havraneg Dice:
      23 marzo 2019 en 11:19 pm

      … perdón: al 31 12 2018

      Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      25 marzo 2019 en 8:13 am

      Estimado Harry, no existe la DJ 1887 sin movimiento, por lo que entendemos que si no hay empleados no se debe presentar.

      Responder
  3. Mauricio
    Mauricio Dice:
    18 marzo 2019 en 4:54 pm

    en at 2019 aparecen en declaraciones juradas de renta las ddjj a cada contribuyente , pero que pasa si no hubieron ejemplo sueldos y honorarios pero el sistema no me deja enviar en blanco las ddjj.
    La pregunta es ?? no se toman en cuanta o como se eliminan ??

    Responder
  4. Claudio Palomino Vargas
    Claudio Palomino Vargas Dice:
    15 marzo 2019 en 4:02 pm

    Buenas tardes, en la DJ de remuneraciones, en que campo se incluye los valores pagados por concepto de finiquito??

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      18 marzo 2019 en 8:28 am

      Estimado Claudio, en principio debería ir como No Imponible, en la Renta no Gravada (pero nunca en la Renta Exenta).

      Responder
  5. Anita
    Anita Dice:
    23 marzo 2017 en 1:18 am

    Muchísimas gracias por sus respuestas.Consulta con respecto a la declaración jurada de honorarios 1879
    ¿Debe presentar declaración jurada 1879 una empresa que pago honorarios a un contador durante 2016 pero no retuvo el 10% de este, si no fue el contador quien cancelo su retencion al SII ?

    Otra consulta,ahora este contador pago en F 29 su retencion mensualmente,¿ El debería presentar declaración jurada 1879 por los honorarios que presto a esta empresa? pero que el se retuvo y cancelo?

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      23 marzo 2017 en 7:48 am

      Estimada Anita, si quien le emitió la boleta retuvo el impuesto porque optó por el régimen de primera categoría, entonces no se debe incluir esos honorarios en la DDJJ 1879, ya que el artículo 42.2 de la Ley de Renta no abarca a los contribuyentes que optaron por el régimen de primera categoría.
      Y si el contador optó por el régimen de primera categoría y presenta su F29, entendemos que sus rentas no son parte de la DDJJ 1879, ya que la DDJJ 1879 es para los honorarios de terceros, no para los propios.

      Responder
  6. Anita
    Anita Dice:
    21 marzo 2017 en 6:50 pm

    Hola, estoy ingresando una declaración jurada de sueldos f 1887 por la paguina del servicio de impuestos internos, en la opción
    -Declaraciones juradas de renta
    -enviar o corregir por formulario electrónico
    pero tengo la duda al seleccionar el año, dice AÑO TRIBUTARIO A DECLARAR
    es 2016 o 2017?
    (si corresponde a los sueldos de Enero a Diciembre-2016)
    Gracias..

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      22 marzo 2017 en 7:41 am

      Estimada Anita, donde dice el SII «Seleccione el periodo» debe escoger el año 2017. El año tributario a declarar es 2016, porque son los impuestos generados en 2016, pero se declara en 2017. Por eso el SII dice «Ejemplo: El movimiento del año 2016 debe ser declarado en el período 2017.»

      Responder
  7. Franco Riquelme Flores
    Franco Riquelme Flores Dice:
    20 marzo 2017 en 11:17 pm

    Estimados,
    Los factores de corrección monetaria para las declaraciones 1887 y 1879 en donde se deben ingresar en Laudus?

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      21 marzo 2017 en 7:52 am

      Estimado Franco, debe ingresarlos en \Herramientas\Opciones, en las opciones Generales, en donde dice «Corrección Monetaria». Esta misma tabla es la que se utiliza para corregir los Activos Fijos, ya que es la misma que sirve de base para el IPC también.

      Responder
  8. VIVIANA ASPEE CORTES
    VIVIANA ASPEE CORTES Dice:
    19 marzo 2017 en 5:51 pm

    favor necesito los factores de actualización de las retenciones para la DJ 1879. Donde los encuentro??

    gracias

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      20 marzo 2017 en 7:30 am

      Estimada Viviana, aquí tiene la página del Servicio: http://www.sii.cl/pagina/valores/correccion/correccion2016.htm

      Responder
  9. Felix Dueñas
    Felix Dueñas Dice:
    17 marzo 2017 en 4:55 pm

    si no he tenido movimiento (ventas) y solo algunas compras pero declarado con movimiento los f29 ¿tengo que presentar las dj 1887 y 1879?
    me pide cantidad de informados mayor a 0 para seguir en pantalla

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      20 marzo 2017 en 7:24 am

      Estimado Félix, estas declaraciones son para decir los sueldos e impuestos de empleados pagados y los honorarios de proveedores de servicios. Si no tiene empleados, y tampoco ha recibido ninguna boleta de honorarios en el año, entonces no tiene que presentar estas DDJJ.

      Responder
      • Anónimo
        Anónimo Dice:
        20 marzo 2017 en 8:06 am

        Gracias por responder.Felicitaciones por el blog, es de una ayuda invaluable, esta respuesta se contrapone a lo que se entrego por parte de una funcionaria del sii quien me indico que habia que declarar sin movimiento¿? Pero que habia que hacerlo.Es ilogico, le doy la razon a ud: si no hay empleados y no retuve impuestos por bh no tengo que declarar nada .

        Responder
        • Laudus ERP
          Laudus ERP Dice:
          20 marzo 2017 en 8:17 am

          Estimado, si la funcionaria del SII lo indicó, entonces es lo que hay que hacer. Ellos saben más que nosotros de estos temas, y no sabíamos el formato «sin movimientos», ya que en la certificación que debemos pasar no se nos pide, y desconocemos cómo informar los registros de detalle y resumen sin movimiento. Lo mejor será que lo haga directamente desde la página del Servicio, en el menú de DDJJ.

          Responder
  10. MARIA
    MARIA Dice:
    16 marzo 2017 en 1:56 am

    deseo que me mande los factores de actualización año tributario 2017 , para sueldo y salarios declaración jurada 1887

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      16 marzo 2017 en 7:46 am

      Estimada María, los puede revisar en la página del Servicio:
      http://www.sii.cl/pagina/valores/correccion/correccion2016.htm

      Responder
  11. Erika Valdivia
    Erika Valdivia Dice:
    8 marzo 2017 en 9:21 am

    Estimado al momento de generar la DDJJ me aparece un error de validación dice que el formato de archivo es solo para las ddjj 2015, me pueden decir como actualizar la fecha de este.

    gracias

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      8 marzo 2017 en 10:00 am

      Estimada Erika, es porque todavía no ha actualizado su versión de Laudus, y sigue con la versión del año pasado. Por favor, actualice Laudus para poder generar las DDJJ de este año.

      Responder
  12. Leoncio Mella
    Leoncio Mella Dice:
    5 marzo 2017 en 4:29 pm

    Estimados, como se ingresan los finiquitos en rentas no gravadas, como se suman

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      6 marzo 2017 en 9:50 am

      Estimado Leoncio, puede crear un concepto nuevo en «\Personal\Estructura de las Liquidaciones» para recoger los pagos del finiquito que no estén en otros apartados.

      Responder
  13. ELIZABETH RIVAS
    ELIZABETH RIVAS Dice:
    28 febrero 2017 en 5:56 pm

    dinde puedo conseguir los factores de acctualizacion para los honorarios del 2016- año tributario 2017, saludos y gracias

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      1 marzo 2017 en 10:47 am

      Estimada Elizabeth, en Laudus el usuario debe ingresar los datos publicados por el SII en http://www.sii.cl/pagina/valores/correccion/correccion2016.htm

      Responder
  14. Alejandra
    Alejandra Dice:
    24 febrero 2017 en 6:09 pm

    Hola
    Hay manera de cargar la tabla de corrección monetaria con el fin de evitar errores de digitacion?
    Saludos y gracias

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      27 febrero 2017 en 8:26 am

      Estimada Alejandra, lo sentimos pero no se puede importar, se debe digitar la corrección monetaria. Tampoco son tantos datos y es una vez al año 🙂

      Responder
      • Alejandra
        Alejandra Dice:
        27 febrero 2017 en 6:12 pm

        No es por el gran trabajo, si no para evitar errores.
        saludos y gracias

        Responder
        • Laudus ERP
          Laudus ERP Dice:
          28 febrero 2017 en 8:25 am

          Estimada Alejandra, es cierto que es una de las ventajas de importar datos, el evitar errores. Lo que pasa es que en este caso el SII no provee de los datos de corrección monetaria en ningún tipo de archivo, lo único que se publica es la página web.

          Responder
          • Alejandra
            Alejandra Dice:
            4 marzo 2017 en 1:55 pm

            Hola, tengo una duda.
            en las DJ 1887 en el periodo aparece marcados con la letra «C» algunos trabajadores y otros con la letra «P», que significan estas letra.

            Gracias

          • Laudus ERP
            Laudus ERP Dice:
            6 marzo 2017 en 9:46 am

            Estimada Alejandra, esas letras las define el SII y las tiene publicadas en el suplemento de DDJJ:
            A: Trabajador agrícola con jornada completa
            C: Trabajador no agrícola con jornada de trabajo completa
            B: Trabajador agrícola con jornada parcial
            P: Trabajador no agrícola con jornada de trabajo parcial

  15. aMapi
    aMapi Dice:
    15 febrero 2017 en 1:31 pm

    Muy bueno, me salvo ya estaba muy confundido con todo esto

    Responder
  16. Marielena
    Marielena Dice:
    11 febrero 2017 en 1:14 am

    Hola, no entiendo mucho acerca de estas declaraciones. pero resulta que como contadora me retuvieron el 10% por honorarios y me piden presentar dicha declaración. podrían explicarme del tema por favor. primer año que ejerzo. gracias

    Responder
  17. gonzalo
    gonzalo Dice:
    26 enero 2017 en 9:51 am

    Muchas Gracias..
    Veremos como resulta el tema.
    Atte
    Gonzalo Ibarra Gonzalez
    http://www.ibarrayasociados.cl

    Responder

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