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Contabilidad, Remuneraciones

Cambio Declaración Jurada 1887

Este año ha habido un pequeño cambio en la Declaración Jurada 1887 de Sueldos. El caso es que ahora en las columnas mensuales de “Período al Cual Corresponden las Rentas” se debe marcar con una “C” o “P”, en cada periodo si las rentas que se informan corresponden a jornada Completa o Parcial:

zoom

Antes sólo había que indicar una «X» si en ese mes había sueldo que declarar, ahora hay que indicar además el tipo de jornada. Este cambio  ya está disponible en la última actualización de Laudus.

Recuerde que el plazo para la presentación de la DJ 1887 es hasta el 23 de Marzo, y para la DJ 1879 de Retenciones hechas sobre Honorarios hasta el 25 de Marzo.

Todas las instrucciones de llenado e información de las Declaraciones Juradas del 2010 las tiene en: http://www.sii.cl/declaraciones_juradas/suplemento/2010/anexo_c2010.htm

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25 febrero 2010
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https://laudus.cl/wp-content/uploads/2021/06/laudus_logo-2.png 0 0 Laudus ERP https://laudus.cl/wp-content/uploads/2021/06/laudus_logo-2.png Laudus ERP2010-02-25 09:18:522010-02-25 09:18:52Cambio Declaración Jurada 1887
21 comentarios
  1. Carmen
    Carmen Dice:
    25 marzo 2021 en 10:42 pm

    hola, quiero hacer una consulta , referente a la rentas empresariales??
    estoy completando la declaracion 1948, con el asistente , y me surgen la s siguientes dudas
    Este año no se hace provision impuesto?
    En el registro de rentas empresariales, el impuesto renta se agrega, reajustado en que porcentaje?

    gracias

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      26 marzo 2021 en 9:04 am

      Estimada Carmen, estas consultas debe realizarlas con el contador o asesor tributario. No son sustituibles, y un error en estas cuestiones siempre es problemático.

      Responder
  2. Carmen
    Carmen Dice:
    19 marzo 2021 en 10:36 am

    hola

    una consulta, si tuve un trabajador con Licencia medica desde mayo a diciembre, en el recuadro de las leyes sociales igual se incluyen los pagos realizados por el empleador por este concepto en los meses que no pago sueldo efectivo porque el trabajador tenia licencia.

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      19 marzo 2021 en 12:58 pm

      Estimada Carmen, efectivamente así es, se incluyen los pagos realizados por empleador (pero no los que hizo la entidad pagadora del subsidio, sea la Isapre o la Mutual en su caso).

      Responder
    • Carmen
      Carmen Dice:
      25 marzo 2021 en 10:37 pm

      Muchas Gracias!!!

      Responder
  3. claudia
    claudia Dice:
    3 marzo 2021 en 10:06 am

    hola, una consulta los que se acogieron a suspensión del empleo y recibieron seguro de cesantía, ese monto se debe colocar como renta neta?

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      3 marzo 2021 en 10:37 am

      Estimada Claudia, depende de cómo lo haya enfocado su software. Si el seguro de cesantía es a cargo del trabajador nosotros en Laudus aumentábamos el imponible para reflejar este ingreso del trabajador, y por lo tanto se aumentaba la renta neta.

      Responder
  4. MARCELA REYES RIVERA
    MARCELA REYES RIVERA Dice:
    27 febrero 2021 en 4:44 pm

    Buenas tardes, una consulta tengo una duda con el casillero LEYES SOCIALES
    aca debo registrar el total de las imposiciones o solo los aportes patronales?
    muchas gracias por su respuesta

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      1 marzo 2021 en 7:06 am

      Estimada Marcela, debe incluir ambas: «corresponde a aquellas cotizaciones previsionales obligatorias y voluntarias que hayan rebajado la Renta neta pagada o sean de cargo del empleador, y que no se encuentren informadas en las otras columnas (Renta total neta pagada, Rentas totales exentas, Rentas totales no gravadas, etc.), como, por ejemplo, cotizaciones previsionales y de salud, seguros de invalidez, seguros complementarios de salud y cualquier otra suma o cantidad en beneficio del trabajador, que sean gastos para el empleador.«

      Responder
      • MARCELA REYES RIVERA
        MARCELA REYES RIVERA Dice:
        14 marzo 2021 en 11:20 pm

        muchisimas gracias

        Responder
  5. Ana
    Ana Dice:
    24 febrero 2021 en 8:58 pm

    Hola …una consulta…en el caso de una empresa que se acogió a la Protección del empleo ..la renta de un trabajador fue :
    $ 500.000 Enero a Abril cada mes renta neta o imponible
    Mayo $ 225.000 protección empleo
    en la d/ jurada 1887 que monto se debería declarar como renta neta en mayo 2021?

    Responder
  6. luis sotomayor
    luis sotomayor Dice:
    15 abril 2019 en 9:03 pm

    Tengo dudas con la d.j.1887, la he completado como 10 vesces y me sale rechazada, con 22 trabajadores de un cliente , he cumplido con dos los datos no se en realidad que pasa:
    Datos de los trabajadores con sus rut
    Datos de la cantidad pagada.
    se indica los meses con LA LETRA c.
    Se indica el total imponible-numero de trabajadores
    Se indica el total imponible. y el total neto
    La suma cuadra exactamente con lo pagado cda uno con rut respectivo.
    Agradecere indicarme que puede ocurrir.
    <ya he confeccionado varias DJ. 1887 con menores trabajadores sin problemas.

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      16 abril 2019 en 1:04 pm

      Estimado Luis, es muy difícil poder ayudarle con esos datos, ya que depende del error que proporcione el SII, puede ser cualquier cuestión. Con un software es más fácil evitar esos errores, ya que realiza todos los cálculos de manera automática (y para certificarnos el SII nos pone ciertas pruebas). Pero al hacerlo a mano es más complicado, y sobre todo poder ayudarle.

      Responder
  7. tamara
    tamara Dice:
    5 abril 2019 en 9:12 am

    Si el funcionario tuvo licencia todo el mes, el recuadro queda en blanco o debe quedar como completo?

    Responder
  8. PAOLA
    PAOLA Dice:
    11 marzo 2019 en 3:25 pm

    Hola, consulta, en la DJ 1887, el monto de renta neta, corresponde al total imponible o el liquido menos los gastos previsionales obligatorios?? y en la renta exenta se pone el imponible menos los gastos previsionales (antes del impto. único)?

    Responder
    • Laudus ERP
      Laudus ERP Dice:
      11 marzo 2019 en 3:46 pm

      Estimada Paola, la Renta Neta es el Imponible. En cuanto a la Renta Exenta, es un concepto diferente a la Renta no Gravada (que es el no Imponible), la Renta Exenta son muy pocos conceptos, y que por general no se dan, como por ejemplo las rentas que perciben funcionarios de ciertos organismos internacionales (es un ejemplo, debe consultar a tu asesor tributario si tiene duda sobre una Renta Exenta en concreto).

      Responder
  9. Hernan Sanhueza
    Hernan Sanhueza Dice:
    6 junio 2016 en 4:44 pm

    Estimados una consulta, ¿Las DJ 1887 antiguamente era voluntario declarar la información sobre aquellas renta que no pagaban Impuestos?, ¿Cuando dejo de ser Voluntario? y ¿hay alguna circular o resolución que detalle este cambio?

    Responder
  10. Manuel
    Manuel Dice:
    28 febrero 2014 en 10:27 pm

    Que pasa con el Cambio que separa las rentas no gravadas de las exentas para Renta AT2014, cuando quedara disponible en Laudus.

    Responder
    • Laudus
      Laudus Dice:
      3 marzo 2014 en 10:15 am

      Estimado Manuel, nosotros sacaremos esta semana una actualización para poder enviar las DDJJ 1879 y 1887 directamente al SII. Hemos pasado el proceso de revisión de DDJJ, que nos otorga un número de casa de software. Ya lo obtuvimos en Enero, pero estábamos esperando a ciertos cambios en algunos parámetros del SII.

      Con la actualización habilitaremos una casilla donde indicar si el concepto de sueldo es exento o no (los conceptos no gravados son más fáciles porque corresponden al «No Imponible»).

      Responder
      • Manuel
        Manuel Dice:
        3 marzo 2014 en 11:12 am

        gracias por su respuesta, quedo atento a la actualizacion.

        Responder
        • Laudus
          Laudus Dice:
          5 marzo 2014 en 1:36 pm

          Estimado Manuel, acabamos de publicar la actualización con las nuevas DDJJ. En estos días publicaremos una entrada en el blog para explicar todos los detalles, aunque el funcionamiento es el de siempre.

          Responder

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