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Boleta Electrónica y Vales de Tarjetas de débito/crédito

La semana pasada publicamos una entrada con respecto a las Boletas Electrónicas, con ocasión de su obligatoriedad a partir de este pasado 1-enero.

El mismo día que publicamos la entrada el SII publicó la Resolución Exenta 176, que afecta de manera importante al procedimiento de venta de las empresas que emiten Boletas.

Desde este mismo 1-enero los Vales de Tarjetas de débito/crédito sí sustituyen a las Boletas Electrónicas, y por tanto si un cliente paga con tarjeta no debe emitirse Boleta Electrónica.

Efectivamente, hasta esta Resolución 176 los Vales de Tarjetas solo sustituían a las Boletas de papel, y no a las electrónicas. Pero a partir de ahora también sustituyen a las Boletas Electrónicas.

En caso de emitirse ambos documentos por error o despiste, en la Resolución se indica el trámite a seguir para anular las Boletas: se debe realizar una Nota de Crédito al RUT de la misma empresa (la suya, la que emite las Boletas) y por el importe total de las boletas de ese mes que se han emitido por duplicado. Esta Nota de Crédito se puede hacer hasta el mismo día anterior a presentar el F29, pero siempre con fecha del mes de las operaciones. Es decir, si hace una Nota de Crédito el 19-febrero por las operaciones duplicadas de enero, entonces dicha Nota de Crédito debe tener fecha del 31-enero.

Si el cliente paga parte en efectivo/cheque y parte con tarjeta, hay que hacer Boleta Electrónica por la parte que no se paga con tarjeta. Esto supone un desafío para cuadrar bien el stock.

En las ventas por internet, el pago con tarjeta también sustituye a la Boleta Electrónica. Antes los Vales de tarjeta solo sustituían a la Boleta si eran de un terminal POS físico. Pero desde la Resolución Exenta 13 de febrero-2018 las ventas por internet también cuentan.
Hay que tener en cuenta que es solo si la pasarela de pago es de un operador chileno que ha solicitado y ha sido autorizado como «Administrador u Operador de Medios de Pagos Electrónicos». Por este motivo, los pagos a través de PayPal, o pasarelas extranjeras como Stripe, no son parte de esta operativa, y en estas ventas hay que emitir Boleta Electrónica.

Durante este mes de enero iremos haciendo algunos cambios en el software que permitan minimizar los errores y hacer más sencilla esta nueva operativa.

 

REFERENCIAS


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