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Retención del 3% a trabajadores dependientes por préstamo solidario

La semana pasada el SII publicó la Resolución Exenta nº 110 de 20-09-2021, en la que instruye sobre la forma y plazo de pagar las retenciones adicionales por los «préstamos solidarios» de tasa cero.

Hemos recibido muchas preguntas al respecto, ya que también envió el SII a las empresas un correo con la nómina de trabajadores dependientes a los que hay que realizar una retención del 3% en concepto de pago de estos préstamos.

En esta entrada no vamos a analizar estos préstamos, que han beneficiado a trabajadores independientes, dependientes, y empresas, sino a decir rápidamente cómo configurarlo en el software, ya que hay que hacerlo desde las remuneraciones de este mes de septiembre, cuyas imposiciones se pagan hasta el 10/13 de octubre.

Para comenzar recordar que esta retención no modifica en nada el archivo de Previred, ni se adicionan al Impuesto Único de 2ª Categoría. Pero sí se declaran después en el F29. No es un mayor pago del Impuesto Único, es tan solo una retención para el reintegro del préstamo.

La ventaja de que en Laudus la estructura de la liquidación sea flexible, y usted decide las fórmulas, es que en la mayoría de los casos no hace falta publicar una actualización.
La forma de configurarlo en Laudus ahora es la siguiente:

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