Importación Facturas Electrónicas de Proveedores

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Importación Facturas Electrónicas de Proveedores

Esta importación sólo la pueden hacer aquellas empresas que tienen implementada la Factura Electrónica dentro de Laudus.

Como ya sabe, las facturas electrónicas se envían por email desde el emisor de la factura al receptor de la misma. El emisor debe enviarlas a la dirección de correo electrónico inscrita por el receptor en el SII. Evidentemente sólo hay que enviarlas en el caso de que el receptor, es decir, el cliente, esté habilitado en el SII para emitir-recibir facturas electrónicas.

Para importar la factura en Laudus, abra la pantalla de \Compras\Facturas, y haga click en \Archivo\Importar:

importar_DTE_menu

Hasta la actualización  de hoy, se desplegaba una pantalla de importación de facturas electrónicas del proveedor. A partir de ahora, Laudus primero descarga todas las facturas que haya pendientes en el correo, y las almacena para ir importándolas.

Antes de seguir explicando, recuerde que Laudus  gestiona su casilla de intercambio entre contribuyentes. Esta casilla sólo se utiliza para recibir facturas electrónicas de proveedores, y respuestas de clientes a facturas de ventas, por lo que es seguro (y preferible) que Laudus la gestione. Para configurarla, hágalo en \Herramientas\Opciones:

importar_DTE_opciones

Una vez comprobado el correo, se descargan todas las facturas de compras a una carpeta denominada “Pendientes_Importar”. Esta carpeta se crea por defecto dentro de la carpeta de DTE de la empresa. Una vez descargadas, se importa la primera factura en la cola.

En esta carpeta no se almacenan lo archivos XML de las facturas de compras, sino el mensaje de correo electrónico completo. Por ello no se puede importar directamente ni previsualizar desde el Explorador de Windows®.

Al hacer \Archivo\Importar de nuevo, si hay facturas pendientes de importar, se van agregando una a una sucesivamente. Así hasta que no quedan más. En cada paso, Laudus va informando de cuántas facturas quedan pendientes de importar. De esta manera, no hay que comprobar el correo por cada factura como antes, sino que se hace una sola vez por sesión.

Una vez que abrimos la pantalla de importación, podemos importar una Factura Electrónica desde un archivo, o desde un mensaje de nuestro correo de intercambio (que Laudus se encarga de recoger automáticamente).

importar_DTE_respuestas1

En esta pantalla se irán cargando una a una las facturas pendientes de importar tal y como se ha indicado, o se puede especificar el archivo a importar. Se muestra la información del documento a importar, y lo más novedoso frente a las facturas de ventas es el trámite de la respuesta a enviar al proveedor.

Tenga en cuenta que es obligatorio dar una respuesta a la recepción de un DTE (Documento Tributario Electrónico), aunque sea para rechazar el mismo. Por eso en el proceso de postulación a la Factura Electrónica el SII comprueba que su empresa es capaz de responder a un envío de la manera establecida en las normas de funcionamiento.

Es importante señalar que cualquier respuesta va firmada digitalmente (con el certificado digital del usuario que elabora la respuesta), por lo que el usuario que recibe las Facturas de Compras debe obtener su Certificado Digital. Las respuestas posibles serían:

Acuse de Recibo del Envío: da cuenta del estado de recepción de un envío. Un envío de un proveedor puede contener varias Facturas (varios DTE), aunque lo más habitual es que sólo contenga una.
Con esta respuesta, simplemente se está diciendo que se recibió el envío. No implica aceptación ni rechazo de los DTE que van dentro del envío, sólo se dice que se recepcionó bien. Si el envío es erróneo (por ejemplo el RUT no es el de nuestra empresa), entonces Laudus elabora una respuesta de envío erróneo.

Recibo de Mercaderías-Servicios según Ley 19.983: es el equivalente electrónico a la firma que se hace físicamente cuando se recepciona una factura en el recuadro donde dice “Nombre – RUT – Fecha – Recinto”. Es para que el proveedor pueda ceder el crédito de la Factura (Factoring por lo general), según la ley 19.983 sobre mérito ejecutivo de la factura. Por eso se muestra la casilla donde ingresar el Recinto (si no hay ningún recinto, agregar con el botón derecho del mouse).
Al enviar esta respuesta el proveedor la puede utilizar para hacer el Factoring del DTE. Si no se envía, no hay mayor problema, ya que igual el proveedor puede hacer el Factoring teniendo la aceptación, o la recepción física de la Factura que se envía con las mercaderías.

Aceptación-Rechazo de los DTE del envío: con el “Acuse de Recibo” simplemente se está diciendo que se recibió el envío que trae dentro los DTE, pero no se dice nada si se aceptan o no. Con la Aceptación-Rechazo se está aceptando o rechazando formalmente la Factura. Como las respuestas van firmadas digitalmente, no se puede después negar la evidencia, hay un registro formal de que se aceptó o rechazó el documento.Como ya se ha comentado, dentro de un envío se pueden tener varios DTE (Facturas, Notas de Crédito, …), aunque casi siempre sólo se envía uno. Por eso, en la lista de “Facturas del Envío” sólo suele haber una.

importar_DTE_respuestas2

Y por lo mismo, el estado de Aceptación-Rechazo del DTE va en cada línea, para poderlo hacer por separado en el caso de haber varias facturas en el mismo envío (aunque lo más normal es que haya una sola factura por envío). Las posibles respuestas son:

Aceptado OK: el DTE se acepta formalmente tal y como ha sido enviado.

Aceptado con discrepancias: el DTE se acepta, pero hay algún tipo de reparo. El motivo del reparo se debe señalar en la casilla correspondiente. Un reparo significa que se acepta el DTE, pero que hay alguna situación que sería bueno corregir (por ejemplo que la Orden de Compra no corresponde).

Rechazado: se rechaza el DTE. El motivo del rechazo puede ser por forma (el DTE incluido en el envío tiene un RUT incorrecto, por ejemplo), o porque directamente no se acepta comercialmente la Factura (por ejemplo porque las condiciones no son las pactadas).
En el caso de rechazo, hay que especificar el motivo del mismo en la casilla correspondiente. Como dice el SII: “En caso de realizarse un rechazo de acuerdo a lo indicado en la Ley N°19.983, sobre mérito ejecutivo de la factura, se deberá señalar expresa y claramente el motivo de rechazo en esta glosa, haciendo referencia al N° de Ley mencionada.“

No Incluir en respuesta: en el caso de que se incluyan varios DTE en un envío, se puede, por ejemplo, aceptar unos, rechazar otros, y no enviar respuesta de aceptación-rechazo sobre alguno en concreto.

Lo más cómodo es siempre enviar la respuesta de “Acuse de Recibo”, con lo cual se cumple el procedimiento de Facturación Electrónica e Intercambio de Información entre Contribuyentes, y nos queda tiempo para aceptar o rechazar el DTE si procede.

De hecho, si no se envía después una aceptación formal, no es tan importante, ya que entra en juego la aceptación implícita pasados los plazos sin que se rechace la Factura. Sí es importante enviar la respuesta de rechazo en el caso de rechazo de la misma, para que quede constancia.